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SCJN invalida leyes que discriminaban a personas LGBTTTIQ+

La Suprema Corte invalida normas discriminatorias en Campeche y Tamaulipas, fortaleciendo derechos LGBTTTIQ+. Un paso clave hacia la igualdad sustantiva.
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La Suprema Corte invalida normas discriminatorias en Campeche y Tamaulipas, fortaleciendo derechos LGBTTTIQ+. Un paso clave hacia la igualdad sustantiva.
Indira Dorantes
10 diciembre, 2025

¿Qué resolvió la SCJN sobre las leyes discriminatorias en Campeche y Tamaulipas?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este 9 de diciembre dos resoluciones de alto impacto que fortalecen el marco de protección a los derechos humanos de las personas LGBTTTIQ+, al invalidar disposiciones civiles y penales de los estados de Campeche y Tamaulipas por considerarlas discriminatorias, restrictivas e incompatibles con el orden constitucional.

Restricción en Campeche: Barrera para la identidad de género

En sesión pública, el Pleno del máximo tribunal declaró inconstitucional el artículo 149 Ter, fracción III, del Código Civil de Campeche. Esta norma exigía la presentación exclusiva de la credencial de elector como requisito indispensable para emitir una nueva acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género. La Corte determinó que esta restricción vulneraba principios de igualdad, no discriminación y libre desarrollo de la personalidad, al impedir que personas menores de 18 años, quienes legalmente no pueden contar con una credencial para votar, accedieran a dicho trámite.

La resolución, contenida en la Acción de Inconstitucionalidad 156/2024, subraya que la norma omitía opciones documentales como CURP, pasaporte o acta de nacimiento, lo que generaba una barrera desproporcionada contraria a las obligaciones del Estado mexicano de adoptar políticas diferenciadas para grupos en situación de vulnerabilidad.

Tamaulipas: Criminalización basada en prejuicios

En un segundo fallo, derivado de la Acción de Inconstitucionalidad 86/2024, la SCJN invalidó el artículo 192 del Código Penal de Tamaulipas en la porción normativa "el homosexualismo", así como el artículo 193, párrafo segundo, en la expresión "o a las prácticas homosexuales". Estas disposiciones consideraban la "inducción al homosexualismo" como un supuesto del delito de corrupción de menores e incapaces.

El Pleno concluyó que tales conceptos se sustentaban en ideas estigmatizantes, al asumir falsamente que la homosexualidad es una conducta susceptible de ser inducida o reclutada. De acuerdo con la resolución, estas normas criminalizaban identidades y orientaciones sexuales, perpetuando estereotipos contrarios a los principios de dignidad humana. Durante la sesión, ministras y ministros destacaron que México ha transitado en la última década hacia la eliminación de figuras penales basadas en prejuicios. Entidades como Aguascalientes, Baja California Sur, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Puebla han reformado sus códigos para derogar esta misma figura, mientras que Tamaulipas la mantuvo pese a haber tenido la oportunidad de revisarla, lo que representa un retroceso normativo.

Recordaron que el país se ubicó como el segundo con mayor número de crímenes de odio en América Latina en 2020, según investigaciones de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), por lo que la permanencia de estas disposiciones penales contravenía estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.

Un paso más hacia la igualdad sustantiva

Las dos decisiones marcan un precedente relevante en la protección jurídica de la comunidad LGBTTTIQ+, al garantizar que los Estados no puedan imponer requisitos inaccesibles ni sostener disposiciones penales basadas en prejuicios. La SCJN reiteró que cualquier norma que vulnere la identidad de género, la orientación sexual o el libre desarrollo de la personalidad resulta incompatible con la Constitución. Con estos fallos, el Tribunal perfila una línea jurisprudencial que obliga a las entidades federativas a armonizar sus marcos legales, eliminar prácticas discriminatorias y asegurar que todas las personas puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones. Este avance se suma a otros logros en materia de derechos de la diversidad sexual en el país, como la aprobación del matrimonio igualitario en estados como Guanajuato, consolidando un camino hacia una sociedad más inclusiva.

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