
Es el momento más esperado del año financiero para millones de trabajadores. El aguinaldo no es un regalo ni una bonificación opcional; es una conquista laboral blindada por la ley. Sin embargo, este 2025 llega cargado de dudas sobre la reforma de duplicidad de días y el impacto fiscal de la UMA. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para defender tu cartera.
Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo por ley es una prestación obligatoria anual. Históricamente, este pago tiene como fecha límite el 20 de diciembre. La práctica corporativa sugiere realizar el depósito a más tardar el día 19 para evitar cualquier sanción administrativa.
Es fundamental entender que este derecho es irrenunciable. Ningún contrato interno, acuerdo verbal o "política de la empresa" puede estar por encima de lo que dictan los días de aguinaldo por ley. Para el sector privado, el piso mínimo se mantiene, por el momento, en 15 días de salario.
Si tu relación laboral termina antes de diciembre (ya sea por renuncia voluntaria o despido injustificado), no pierdes tu dinero. Tienes derecho a que se te pague la parte proporcional del aguinaldo dentro de tu liquidación o finiquito.
Uno de los temas más virales en redes sociales y buscadores es el aguinaldo de 30 dias o el llamado "Aguinaldo Digno". ¿Ya es una realidad?
Para finales de 2024 e inicios de 2025, la situación es la siguiente:

Saber aguinaldo como calcularlo es vital para detectar errores en tu nómina. La matemática cambia según tu tipo de ingreso.
Es la fórmula más sencilla. Si trabajaste todo el 2025:
Ejemplo: Si ganas $15,000 al mes, tu diario es de $500. Tu aguinaldo será de $7,500 MXN.
Si trabajaste menos de un año, te corresponde un aguinaldo proporcional. Supongamos que trabajaste 200 días con el mismo sueldo de arriba:
Para comisionistas y vendedores, se debe promediar las percepciones de los últimos 30 días trabajados o el promedio diario del último año para mayor equidad.
Los aguinaldo navideños no están 100% libres de impuestos. El SAT establece que el aguinaldo está exento de ISR hasta por un valor equivalente a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Cualquier cantidad que supere los $3,394.20 pesos generará retención de ISR. Dado que el salario mínimo ha crecido más rápido que la UMA, cada vez más trabajadores ven una retención en este pago.
La desigualdad en el pago es notable cuando miramos otros sectores u otros países.

Mientras México discute subir a 30 días, en el resto de Latinoamérica y Europa esto es la norma desde hace años. Países como Colombia, Argentina, Costa Rica y Brasil ya cuentan con un "Salario 13" o aguinaldo equivalente a un mes completo, evidenciando el rezago de la legislación mexicana actual.
| País | Nombre de la Prestación | Monto / Cálculo |
| México | Aguinaldo | 15 días (Mínimo legal, pago único). |
| Colombia | Prima de Servicios | 30 días (15 días en junio y 15 días en diciembre). |
| Argentina | Sueldo Anual Complementario (SAC) | 30 días (50% del mejor sueldo en junio y 50% en diciembre). |
| Brasil | Décimo Terceiro Salário | 30 días (Dividido en dos pagos). |
| Costa Rica | Aguinaldo | 30 días (Promedio de salarios del año, pago en dic). |
El 2025 es un año de transición. Aunque los 30 días aún no son ley, conocer tus derechos y saber calcular tu pago es la mejor defensa contra abusos laborales. Mantente atento a las actualizaciones legislativas.
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